Hoymiércoles, 5 de junio, se ha publicado en el BOE la esperada Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. Estos son los cambios más fundamentales: duración del contrato de arrendamiento, venta de la vivienda con inquilino, subasta de la vivienda con inquilino, actualización de la renta
JOSÉF. MERINO MERCHÁN Titular de la Cátedra de Arbitraje de la URJC-IDP. Ltdo del Consejo de Estado (Exte) Planteamiento de la cuestión La Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado de viviendas, se inspira en la libertad de pactos y en la prioridad de la voluntad de partes en los arrendamientos urbanos y comodeEnjuiciamiento Civil. A tal fin, el Secretario Judicial correspondiente remitirá al Registro, información sobre las sentencias firmes por impagos de rentas de alquiler de tales arrendatarios. Con ello, se pretende que cualquier persona que quiera arrendar, pueda conocer de antemano, si ese arrendatario incumple asiduamente sus obligaciones3- REGISTRO DE SENTENCIAS FIRMES DE IMPAGOS DE RENTAS DE ALQUILER. En la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y. fomento del mercado de alquiler de viviendas se crea un Registro de sentencias firmes de impago de rentas de alquiler, concretamente en el artículo tercero. Porúltimo, y a los efectos de proteger con mayor efectividad al propietario del bien inmueble, la Ley crea un Registro de Sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler. La voluntad de legislador es que en caso de impago, los datos del arrendatario sean inscritos en un Registro para que los posibles arrendadores puedan averiguar si . 48 205 157 431 192 141 210 123